miércoles, 6 de abril de 2011

Artículos referentes a la Ley Orgánica de Educación (LOE)

 El primer artículo, http://www.ciudadania.profes.net/ver_noticia.aspx?id=10093, hace referencia a la religión católica y a la educación para la ciudadanía, entre otros temas.
Una parte del artículo reflexiona sobre que la religión, según acuerdos establecidos entre la Iglesia y el Estado, es obligatoria para los centros, pero es opcional para los alumnos. Se considera injusto, que mientras una parte de los alumnos están dando clase de Religión, es decir, están haciendo un esfuerzo académico, otra parte de los alumnos, los que no cursan esta asignatura, están dedicando este tiempo a ocio libre o a estudio. Se toma la asignatura de Religión sin seriedad, ya que los alumnos no dedican el mismo tiempo al estudio de esta asignatura que a las demás, principalmente porque la calificación de esta asignatura no se incluye en el boletín de notas.

En cuanto al profesorado de Religión, la LOE, incumpliendo el pacto entre la Iglesia y el Estado, no reconocen el carácter específico de estos profesores, y estos necesitan una formación académica especial y una identificación con la asignatura a impartir.

Se dice que no se está de acuerdo con que la Religión sea obligatoria, sino al contrario, ésta debe ser optativa, ya que deben ser los padres los que determinen el tipo de educación moral que deben recibir sus hijos. El estado crea en la LOE una nueva asignatura, Educación para la ciudadanía, que al margen del acuerdo o desacuerdo de los padres, se impartirá para formar la conciencia moral cívica. El artículo dice que esto está mal, ya que no se le puede imponer a ningún alumno una educación moral, sino que deben ser los padres y el Centro Escolar los que elijan lo que más le conviene al alumno. La asignatura de Educación para la ciudadanía debía ser denunciada, ya que su programación, consta de enseñanzas que significan una imposición del relativismo y la ideología de género. Los libros de Religión si muestran los contenidos de enseñanza, sin embargo los otros libros imponen una formación moral no libremente elegida por los padres. En conclusión, ante todo lo dicho anteriormente, los padres seguirán exigiendo sus derechos como principales educadores de sus hijos.

En mi opinión, por una parte, todo el mundo debería tener la libre elección de elegir su formación, pero, por otro lado, me parece injusto que los alumnos que cursen la asignatura de Religión no tengan derecho luego a  tener una calificación sobre ello, después del esfuerzo realizado; además, es totalmente injusto que un profesor que se ha estado formando durante años para dar clases de Religión no pueda darlas como desease porque la asignatura es optativa, ya que la Religión no es menos importante que las demás asignaturas. En cuanto a la educación para la ciudadanía, pienso que es una asignatura que por un lado puede presentar aspectos interesantes, pero por otro lado puede crear confusiones, aunque no puedo juzgarla mucho, ya que yo no la he cursado.

El segundo artículo, http://www.elmundo.es/elmundo/2005/11/14/espana/1131994258.html, trata sobre las diferentes posturas entre las asociaciones de padres, tanto como a favor o en contra de la LOE.
En primer lugar, se realiza una encuesta a la Confederación Católica Nacional de Padres de Familia y Padres de Alumnos (CONCAPA) y a la Confederación Española de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos (CEAPA).

La primera pregunta dice que si se cree que el gobierno defiende que la LOE no comparta la libertad para elegir colegio. CONCAPA piensa que la LOE discrimina a los centros concertados, ya que no contempla el derecho de los padres para elegir el centro más adecuado para la educación de sus hijos. CEAPA, al contrario, dice que no coarta la libertad.

En otra de las preguntas, se que hace referencia a que si se piensa que la asignatura de Religión debería ser evaluable. CONCAPA responde que al igual que las demás asignaturas, ésta debería ser evaluable, mientras que CEAPA dice que no debe ser evaluable, ya que se considera como algo privado de la persona, que no debe aparecer en el currículum.

Otra pregunta trata sobre cuál debería ser el número de suspensos para que el alumno pueda pasar de curso. CONCAPA responde que con más de dos suspensos no debería pasarse, ya que de este modo se notará en el curso siguiente; por el contrario, CEAPA, de acuerdo con la LOE, dice que debe depender de varios factores.

Entre otras preguntas se dice que si se cree que los centros concertados serán perjudiciales para la LOE. CONCAPA, dice que la mayor amenaza es la economía, mientras que CEAPA dice que los centros concertados en la LOE, se tratan con mucho respeto.

La última pregunta dice que si creen las comunidades autónomas que el temario que estudian nuestros hijos es excesivo. CONCAPA dice que deberían crearse diferentes modelos para cada Comunidad, sin embargo, CEAPA dice que el temario no es excesivo.

En mi opinión, con respecto a la primera pregunta, pienso que la LOE no coarta la libertad de elección, ya que no discrimina a los Centros concertados. Respondiendo a la segunda pregunta, como ya he dicho anteriormente, creo que la Religión sí que debería de ser evaluable, ya que los alumnos realizan un esfuerzo, y en la educación, todos los esfuerzos merecen una evaluación. Haciendo referencia al número de suspensos, creo que no debería permitirse pasar de curso con muchos suspensos, ya que si no, en el siguiente curso se notarán las dificultades. En cuanto a que los centros concertados perjudican a la LOE, pienso que no la perjudican en ningún aspecto, ya que los centros concertados, al igual que otros centros, dotan del personal necesario y capacitado para impartir una buena educación con riqueza no solo en contenidos, sino también en valores, además de en otros aspectos. Por último, con respecto al temario, creo que no es excesivo, ya que todo lo que se le exija al alumno, es beneficioso para su aprendizaje.

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